¿Cómo elegir a las autoridades más capaces e idóneas?

En esta entrada comparto una propuesta que elaboramos para reformar la Ley de Comisiones de Postulación en Guatemala.

La importancia de dicha ley es que indica cómo se eligen a las autoridades de la mayoría de instituciones del sistema de justicia: (1) Magistrados de la Corte Suprema de Justicia; (2) Magistrados de las Salas de Apelaciones, (3) Fiscal General del Ministerio Público, (4) Director del Instituto de la Defensa Pública Penal, (5) Magistrados del Tribunal Supremo Electoral, entre otros. De esta ley depende que las instituciones cuenten con una dirigencia capaz e idónea.

La ley actual surgió en un momento de gran tensión política. Un video donde el abogado Rodrigo Rosenberg responsabilizaba de su muerte anticipada al entonces presidente Álvaro Colom desencadenó expresiones masivas de descontento con el sistema de justicia. La Ley de Comisiones de Postulación ofrecía una oportunidad para recobrar confianza en el sistema de justicia.

Sin embargo, su implementación ha enfrentado desafíos. Es positivo que la Ley ha hecho más transparente los procesos de selección de autoridades. El problema es que no se previeron aspectos logísticos de su implementación. Adicionalmente, la votación final ha sido altamente cuestionada debido a la influencia de intereses oscuros que buscan controlar el sistema de justicia para mantener impunidad.

Dicha influencia se debe en gran parte al que la decisión final se realiza por medio de una mayoría calificada. Es decir, dos tercios de los integrantes de la comisión deben ponerse de acuerdo en los candidatos que se propondrán para dirigir una institución. Bajo este sistema, no importan las apreciaciones de los integrantes de la comisión sobre la capacidad e idoneidad de los candidatos. Lo que importa es votar por los candidatos que tengan posibilidad de obtener una mayoría calificada.

En consecuencia, es fácil para los intereses oscuros cooptar el proceso. Lo único que debe hacerse es condicionar las decisiones de un número suficiente de integrantes de la comisión para que el candidato deseado sea la única opción capaz de conseguir la mayoría. Esto lleva a un proceso que debería ser técnico, a uno altamente politizado y polarizado. Se fuerza a los integrantes de la comisión a elegir entre el candidato «malo» y el «menos malo».

Finalmente, el candidato designado enfrenta dificultades para ejercer el cargo que asume ya que enfrenta la oposición férrea de una minoría suficientemente grande para entorpecer la realización de sus funciones.

La propuesta que comparto tiene dos secciones. Primero, atiende tres aspectos logísticos para facilitar el funcionamiento de las comisiones: (a) transparentar los financistas de quienes integran la comisión, (b) asignar recursos de funcionamiento a la comisión, y (c) dar un plazo suficientemente amplio para el proceso. Segundo, recomienda utilizar el Recuento de Borda (votación por consenso) para calificar a los candidatos e integrar la lista de candidatos elegibles.

En esencia, el Recuento de Borda es una lista de preferencias donde cada candidato obtiene puntos según el puesto que ocupa en dicha lista. La primera gran ventaja es que vincula los criterios de selección directamente con la votación. Pero la segunda y más importante es que reduce drásticamente la influencia de intereses oscuros. A diferencia de la mayoría calificada, donde solo tiene sentido votar por los candidatos que tienen posibilidad de conseguir una mayoría, en el Recuento de Borda cada integrante es libre, y responsable, de listar sus preferencias.

Esperamos que la propuesta despierte interés ya que consideramos soluciona los principales desafíos de la Ley actual. Para comprender mejor el Recuento de Borda sería necesario hacer un ejercicio práctico (ver siguiente post próximamente).

2 comentarios sobre “¿Cómo elegir a las autoridades más capaces e idóneas?

  1. Además, hay que revisar la tabla de gradación, porque a la luz de la selección de candidatos para Fiscal Generfal, reciente, parece q las ponderaciones asignadas a cada aspirante, de nada sirve, solo para adorno. Es muy interesante modificr la ley en cuanto al plazo del trabajo de las comisiones de postulación y que la opinión pública tenga la posibilidad de conocer quénes son los financistas de los que integra dichas comisiones.

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    1. En efecto, la tabla de gradación es meramente simbólica, a menos que se integrara al proceso de votación en procedimientos como el recuento de Borda. La principal dificultad de las tablas de gradación actuales, a mi parecer, es que resulta contraproducente tratar de tener una medida que pretende ser estandarizada en el tiempo. Se debería reconocer que para cada proceso, las posiciones son relativas entre los candidatos. La lógica de la competencia entre candidatos debería ser más parecido a las competencias deportivas donde hay medalla de oro para el primer lugar en cada categoría, reconociendo que es el mejor del grupo. En vez de como se quiere actualmente crear una escala universal, donde 80 puntos es lo mismo hoy que dentro de 20 años. Esta forma de calificar repercute en que mientras se construye capacidad institucional y capital humano para progresar, los candidatos más aptos se vean deslegitimados y enfrenten aún más dificultades para ejercer sus cargos.

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